
Quien no se acuerda del “kalise para todos” de Iniesta publicitando la marca de helados o de Messi en el anuncio de las papas de Lay`s . O sin ir más lejos, en otoño veíamos como Aitana sacaba el “McAitana” resultado de la colaboración con McDonald ‘s. Esta estrategia de marketing se conoce como “famous order», previamente hecha por famosos de la talla de Travis Scott o J Balvin. Aunque la campaña fue un éxito de ventas, en poco tiempo se hizo trending topic en twitter y las críticas no tardaron en venir: “Fomentando la comida basura, que te aproveche lo que te han pagado» o “claro que sí, haciendo campaña de comida basura” o “no saben cómo captar gente, para seguir consumiendo ingestas de comida insana” escribían algunos usuarios.
Al igual pasó con la pizza que creó el famosísimo youtuber y streamer Ibai Llanos junto a los integrantes de Ibailand (Raven, BarbeQ Werlyb y Ander), consagrada como “La más dura”. Esta pizza se pudo degustar hasta septiembre del año pasado en todas los restaurantes de la cadena. Tal fue el éxito que se posicionó en el top 3 de más pedidas de toda la web. Del mismo modo que en las campanadas de este año que Ibai protagonizó con Juan Ramón García a través de su canal de Twitch y en las que se vieron marcas de comida tan conocidas como Grefusa o Pepsi. Con este patrocinio, el programa tuvo un alcance de más de medio millón de personas.
Pero este tipo de campañas o anuncios tienen los días contados, como ya anunciaba Alberto Garzón, el ministro de Consumo, en octubre del año pasado. Con sus intenciones de restringir la publicidad de alimentos y bebidas dirigidas a menores pretende eliminar este tipo de publicidad. Como novedad ha incluido a los youtubers, influencers y otras personas de “relevancia o notoriedad pública”, que no podrán aparecer en anuncios de alimentación dirigida para jóvenes, incluso si se trata de alimentos sanos.
Cuando, en los canales de televisión, se emiten programas para los niños, se denominan “dirigidos al público infantil”. Por su parte, los programas generalistas se refieren a una audiencia superior al 25% de público infantil. También existen salas de exhibición cinematográfica en las sesiones calificadas como “recomendadas para la infancia” o “apta para todos los públicos”, prensa en secciones dirigidas a menores de 16 años y revistas infantiles, páginas webs, aplicaciones y redes sociales.
El ministro tachó de “insuficiente” al sistema vigente del llamado Código PAOS, presente desde el 2005 y revisado por última vez en el año 2012, hace casi una década. Regula la publicidad de alimentos dirigidos a menores de 12 años en los formatos tradicionales como la televisión, la radio o prensa y a menores de 15 años vía internet. Pero en ninguna de las versiones del código restringe la publicidad de productos que superen unos “perfiles nutricionales” para llevar una vida equilibrada y saludable.
El proyecto de ley se respalda en las preocupantes cifras de obesidad. Los últimos datos de la OMS afirman que desde 1975 la obesidad casi se ha triplicado en todo el mundo, además, en 2016 más de 1900 millones de adultos tenía sobrepeso y 650 millones de ellos eran obesos. De esta forma, se establece que un 39% de la población mundial padece exceso de peso.
En España, la Encuesta Europea de Salud del 2020, señaló que hay un 16.5% de varones que padecen obesidad, frente a un 15.5% de mujeres. En el caso del sobrepeso, el 44,9% de varones españoles lo padecen y el 30,6% de las mujeres no están en normopeso.
La Encuesta Nacional de Salud Española (ENSE) de 2017, en niños y niñas de edades comprendidas de 2 a 17 años, el conjunto de sobrepeso y obesidad era de 28,5%, prácticamente un 30% de la población infantil.
El estudio Aladino (Alimentación, Actividad física, Desarrollo Infantil y Obesidad) de 2011 realizado a escolares de 6 a 9 años señaló que el 44,5 % padecían exceso de peso. Cuatro años más tarde, la cifra descendió hasta un 41,3%. No obstante, en el último estudio Aladino elaborado en 2019 la prevalencia de obesidad es de un 17,3% y el sobrepeso de un 23,3%. También destacó que el exceso de peso afectaba más a los sectores vulnerables de la población, siendo el porcentaje de obesidad el doble en las familias con ingresos más bajos.
La alta prevalencia de obesidad y sobrepeso generan al año un elevadísimo gasto al sistema sanitario, sobre todo son con los costes para el tratamiento de enfermedades consecuentes de la obesidad como son la diabetes, la hipertensión, las enfermedades cardiovasculares, etc. La World Obesity Federation calcula que los costes, tanto de forma directa como de atención médica o indirecta como es el absentismo laboral, asociados con la obesidad son de 25.136 millones de euros, lo que se resume en un 2,1 del Producto Interior Bruto (PIB) y un gasto per cápita del 537 de euros durante el año 2019.
La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) recalca que un 9,7% del presupuesto sanitario va dirigido a los problemas derivados de la obesidad. Este es un porcentaje mucho más alto que el promedio de la Unión Europea. Todo esto se podría prevenir con la implantación de unas políticas públicas que ayuden a llevar unos hábitos de vida más saludables, recalca la OMS.
El nuevo Real Decreto persigue la prohibición de la publicidad dirigida al público infantil de alimentos y bebidas que sobrepasen las cantidades de algunos nutrientes que están relacionados con un impacto negativo en base a un modelo de perfiles nutricionales de la OMS.
Los productos afectados se dividen en cinco categorías y no podrán ser publicitados a menores en ningún caso. La primera de ellas se refiere al chocolate y productos de confitería, barritas energéticas, coberturas dulces y postres (incluye barritas de cereales). La segunda categoría se refiere a pasteles, galletas dulces y bollería; otros productos de pastelería, y polvos para prepararlos. Finalmente, las tres últimas hacen referencia a zumos, bebidas energéticas y helados.
En otros productos como aperitivos salados (incluyen frutos secos), cereales de desayuno o yogures, se establecerán límites para cada uno de ellos en base a su contenido de nutrientes por 100 gramos y se podrán anunciar siempre que las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal sean inferiores a los límites establecidos.
Solo hay dos categorías que estarán permitidas sin ninguna restricción: la carne fresca y congelada, las aves, pescados y similares (huevos) y la fruta, hortalizas frescas y congeladas, y legumbres.
Esta decisión no ha agradado a la Asociación Española de Anunciantes (aea) y a la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), que ante el anuncio de la nueva regulación por parte del ministerio emitió un comunicado donde aclaraba que estaba trabajando en la nueva regulación el código PAOS. Además, la industria de alimentación y bebidas había reducido de manera voluntaria el 75% de la publicidad dirigida al público infantil. Esto supone que, debido a la pandemia Covid-19, las inversiones publicitarias están gravemente afectadas y su recuperación es muy complicada.
También ha habido quejas de madres y padres en las redes sociales como twitter: “Los padres somos los encargados de la compra en casa. Dejen de prohibir. Más políticas de fomento del deporte y de conciliación y menos prohibir y estigmatizar la comida. Luego nos quejamos de trastornos de la alimentación, salud mental…”
Garzón, el ministro de consumo, recuerda que este marco regulatorio que quiere implantar es muy similar a los que ya existen en países vecinos como Reino Unido, que fue el primer país en incorporar restricciones utilizando perfiles nutricionales de la FSA (Food Standards Agency). De la misma forma han hecho otros países como Dinamarca (2008) o Irlanda (2009). El más reciente ha sido Portugal que, en 2019, limitó la publicidad dirigida a menores de 16 años en productos con altos porcentajes de sal, azúcar, ácidos grasos saturados y trans, basado en las recomendaciones de la OMS y de la propia Unión Europea.
Otra medida que el Ministerio de Consumo quiere aprobar a pesar de la oposición de la industria alimentaria y el Ministerio de Agricultura (PSOE) es el apoyo al Nutriscore,que clasifica los alimentos en 5 categorías empleando un logo que incluye una letra y un color que va de la A (verde oscuro) a la E (naranja oscuro) y entre ellos están la B (verde claro), la C (amarillo) y la D (naranja). El logo A (verde oscuro) indica mejor calidad nutricional y el logo E (naranja oscuro) peor calidad nutricional. Algunas empresas ya lo aplican voluntariamente.
Por último, en relación al régimen sancionador, el borrador se ciñe a la Ley 1//2011 del 5 de julio, sobre seguridad alimentaria y nutrición, las infracciones muy graves en materia de nutrición pueden conllevar sanciones de hasta 60.000 euros.
Permaneció abierto hasta el 29 de marzo un trámite de audiencia que permitió mandar propuestas para el Real Decreto sobre regulación de publicidad de alimentos y bebidas dirigidas al público infantil.
Bibliografía
Entidades mencionadas en el artículo.
Foto: Pexels. Foto de niño sonriendo. Licencia CC
Autoría:
Iría Caiya Martinez Otero (Graduda en Nutrición Humana y Dietética)
